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Proceso de Insolvencia Bajo la Ley 1116: Nuestro Compromiso y Progreso

Introducción:

En Grupotex (TEXSUL SAS), estamos comprometidos con la transparencia y el progreso durante el proceso de insolvencia bajo la Ley 1116 de 2006. Este blog tiene como objetivo informar a nuestros clientes, proveedores y aliados sobre nuestro compromiso y los avances que hemos realizado.


Descripción del Proceso:

La Ley 1116 es un marco legal en Colombia que permite a las empresas en dificultades financieras reorganizarse para garantizar su viabilidad a largo plazo. Este proceso es esencial para proteger los intereses de todos nuestros stakeholders y asegurar la continuidad de nuestras operaciones.


Aviso de la Superintendencia de Sociedades:

La Intendencia Regional de Cali de la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006 y en cumplimiento del auto 2023-03-010791 de fecha 12 de diciembre de 2023, avisa:


1. Que por auto identificado con radicación N° 2023-03-010791 de fecha 12 de diciembre de 2023, esta Superintendencia admitió a un proceso de reorganización a la sociedad TEXSUL SAS, identificada con NIT. 900543282, domiciliada en la Ciudad de Yumbo - Valle, en los términos y con las formalidades establecidas en la Ley 1116 de 2006, reformada por la Ley 1429 de 2010.


2. Que por auto identificado con radiación N° 2023-03-010791 de fecha 12 de diciembre de 2023, se designó al representante legal de la sociedad, el señor Gustavo Adolfo Rueda Amador, identificado con C.C. N° 1144078196, para adelantar el referido proceso de insolvencia en los términos y condiciones dispuestos en la Ley 1116 de 2006.


3. Que los acreedores pueden comunicarse, si lo consideran pertinente, con el Promotor designado para efectos del proyecto de calificación y graduación de créditos y determinación de derechos de voto en:

    - Dirección: Calle 11 Nro. 31 A 14 Bodega 13 Plataforma Logística Murano, Ciudad: Yumbo - Valle

    - Correo electrónico: finanzas@texsul.com.co

    - Teléfono: 6933546, 3163282232


4. Que se ordenará la inscripción del auto de apertura en la Cámara de Comercio, conforme lo señala el artículo 19 numeral 2 de la Ley 1116 de 2006.


5. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006, los deudores sin autorización del juez del concurso no podrán realizar enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes del deudor, ni hacer pagos ni arreglos relacionados con sus obligaciones, no adoptar reformas estatutarias tratándose de personas jurídicas y en general deberán dar cumplimiento al artículo 17 de la citada ley.


6. El presente aviso se fija en la baranda virtual de esta Superintendencia de Sociedades, por el término de cinco (5) días a partir del día 24 de enero de 2024, a las 8:00 a.m. y se des fija el día 30 de enero de 2024, siendo las 5:00 p.m. y se agrega al expediente. Este aviso se fija conforme a lo establecido en el Decreto 491 de 2020 y la Resolución 100-001101 de 2020, en la baranda virtual de la Entidad en la página web institucional (www.supersociedades.gov.co).


Nuestro Compromiso:

En GrupoTex, estamos dedicados a salir adelante a través de este proceso con integridad y determinación. Hemos implementado varias estrategias para mejorar nuestra eficiencia operativa y estamos trabajando estrechamente con nuestros asesores financieros para cumplir con todos los requisitos legales.


Avances del Proceso:

Hasta la fecha, hemos logrado:

1. Reorganizar nuestra estructura de deuda.

2. Establecer nuevas líneas de comunicación con nuestros proveedores.

3. Implementar mejoras operativas para reducir costos y aumentar la eficiencia.


Documentos Adicionales:

Para mayor transparencia, hemos adjuntado los documentos relevantes que detallan nuestro progreso en este proceso.



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